jueves, 16 de abril de 2015

Recibe Senado minuta para que SCT actualice clasificación carretera

Ciudad de México.- La Cámara de Diputados remitió una minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 5 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, cuyo propósito es que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes actualice y publique, cuando se requiera, la clasificación carretera. Es decir, el nombre de las carreteras que fueron construidas y modernizadas y que especifique las configuraciones vehiculares para transitar en ellas.
El proyecto se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, Segunda.
Además, remitió un proyecto de decreto para reformar el artículo 4 y el numeral 6 del artículo 16 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, con el objetivo de que las lenguas indígenas tengan la misma validez que el español en el territorio nacional, garantizando siempre los derechos humanos a la no discriminación y acceso a la justicia, de conformidad con la Constitución y tratados internacionales en la materia.
La reforma también contempla la inclusión de un representante de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en el Consejo Nacional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
En el mismo sentido, la colegisladora remitió una minuta para reformar los artículos 1, 3, 11 y la fracción I del artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a fin de fortalecer el uso cotidiano y el desarrollo de las lenguas indígenas, bajo un contexto de respeto a sus derechos; ya que es una de las principales expresiones de la composición pluricultural de la nación.
Dentro de los cambios a la legislación se contempla que las autoridades educativas federales y las entidades federativas adopten las medidas necesarias para que en el sistema educativo se asegure la práctica y uso de su lengua indígena. Asimismo, plantea incluir en los planes y programas, nacionales, estatales y municipales en materia de educación y cultura indígena, las políticas y acciones para la protección, preservación, promoción y desarrollo bajo un contexto de respeto y reconocimiento de las diversas lenguas indígenas nacionales.

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