jueves, 19 de septiembre de 2013

Encubridor de alcaldesa Américo Zúñiga Martínez

•Como presidente de la Comisión de Vigilancia del Congreso, nunca escuchó la indignación popular contra Elizabeth Morales y, por el contrario, aprobó fast track su cuenta pública
•Ultrajó la ley de Responsabilidades de Servidores Públicos y se volvió cómplice por omisión
•Guardó la compostura para amarrar candidatura priista a la presidencia municipal

Luis Velázquez

¡Ay, si la ley se aplicara en Veracruz, si en Veracruz viviéramos un Estado de Derecho, donde ‘’nada estuviera fuera de la ley’’, entonces, muchos políticos estarían presos.
Y, al mismo tiempo, las cárceles estarían repletas de funcionarios públicos, en unos casos, cierto, por haber ‘’metido la mano al cajón’’, y en otros, por encubrimiento… como sería el caso de la elite en el poder que blinda a la presidenta municipal de Xalapa, Elizabeth Morales García, la tía de las barbies.
Nunca, por ejemplo, Américo Zúñiga Martínez, alcalde electo, siguió la pista como presidente de la Comisión de Vigilancia del Congreso… a los presuntos trastipujes de quien será su antecesora.
Y es que el ex diputado local y ex secretario de Trabajo y Previsión Social, incluso, maestro de Derecho Constitucional, ha ultrajado varias leyes, entre ellas, el Código Penal de Veracruz, artículo 344, capítulo V, donde habla de ‘’encubrimiento por favorecimiento’’… a quien ‘’ayude en cualquier forma al inculpado a eludir las investigación de la autoridad o a sustraerse de la acción’’ de la justicia, porque ‘’oculte, altere, destruya o haga desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito’’.
Y eso que como estudiante de la facultad de Leyes fue cuadro de honor.
También, claro, Américo Zúñiga como ex diputado local pasó por alto la ley de los servidores públicos municipales, título sexto, capítulo uno, artículo 144, fracción XXXI, reformado el 15 de febrero de 2010, que al pie de la letra, dice:
‘’Se prohíbe designar, para desempeñar cargos de confianza en el Ayuntamiento, a personas a quienes les ligue relación conyugal, de concubinato o parentesco consanguíneos o por afinidad, en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, con servidores públicos municipales, con excepción de quienes, durante los dos últimos años, hubieren laborado ininterrumpidamente como empleados de base en la Administración Pública Municipal de que se trate’’.
Así, y por ejemplo, ocurrió con la designación de la alcaldesa Barbie al nombrar a su cuñado Isael Rodríguez Camejo director de Operación y Finanzas de CMAS, Comisión Municipal de Agua y Saneamiento, y por añadidura, el tlatoani en el manejo de las finanzas (150 millones de pesos anuales de cobro por el servicio como ingreso), sin rendir cuentas a nadie, más que a la Elizabeth Morales.
Sería, acaso, el mismo hecho y circunstancia de algunas de las barbies de la alcaldesa a quienes ungió en cargos públicos con más de 60 mil pesos mensuales, y con quienes ha estado ligadas a relaciones especiales, como describe la fama pública.
TRES AÑOS POR DELANTE… PARA PROCEDER
Incluso, fue el mismo caso del ultraje a la Constitución Política de Veracruz, capítulo I, ‘’De las responsabilidades de los servidores públicos’’, artículo 76, que asienta:
‘’Los servidores públicos serán responsables por las faltas o delitos en que incurran durante el desempeño de sus funciones’’.
Aun cuando, claro, el artículo 78 contempla la posibilidad de que la LXIII Legislatura, que tomará posesión el 4 de noviembre, aplique la ley cuando escritura lo siguiente:
‘’La responsabilidad por delitos cometidos durante el tiempo del encargo por cualquier servidor público será exigible de acuerdo con los plazos de prescripción consignados en la ley penal, que nunca serán inferiores a tres años’’.
Pero además, si se considera el principio de supremacía constitucional (artículo 133 de la Constitución General de la República), Américo Zúñiga tendrá los próximos años como alcalde para aplicar el artículo 8, título segundo, fracción XVIII, de las Responsabilidades Administrativas de la ley de Servidores Públicos, capítulo I, cuando dice: ‘’Denunciar por escrito ante la Secretaría o la contraloría interna, los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir respeto de cualquier servidor público que pueda constituir responsabilidad administrativa en los términos de la ley y demás disposiciones aplicables’’.
Y de ser así, a la alcaldesa de Xalapa le aplicarían el artículo 13, de la misma ley, donde habla de ‘’las sanciones por falta administrativa’’ que establece lo siguiente, entre otros considerandos: 
‘’Cuando la inhabilitación se imponga como consecuencia de un acto u omisión que implique beneficio o lucro, o cause daños o perjuicios, será de un año hasta diez años’’.
Claro, si tal procediera, quizá, acaso, el cuñado de Elizabeth Morales, Isael Rodríguez Camejo, el mandamás de CMAS, la libraría, pues la Constitución General de la República también habla de la obediencia jerárquica, que excluye de incriminación a los funcionarios subordinados que solo acataron órdenes superiores…
 

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